Claves
- El Supremo exige la lista nominal de 163.020 nacionalizados antes del 28 de octubre
- Bolaños y Albares se arriesgan a multas o responsabilidad penal si no cumplen
- El tribunal critica que el Gobierno conozca la cifra exacta pero no haya entregado los nombres
- La medida cautelar impide votar a quienes no acrediten documentalmente su condición de descendientes de exiliados
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha requerido al Gobierno que facilite en un plazo de cinco días la relación nominal de las 163.020 personas que han obtenido la nacionalidad española al amparo de la llamada ley de nietos, incluida en la legislación de memoria democrática. La advertencia va dirigida directamente a los ministros de Justicia, Félix Bolaños, y de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, que se exponen a multas coercitivas o incluso a que el tribunal deduzca testimonio de particulares para exigirles responsabilidad penal si no cumplen con el requerimiento antes de las 15 horas del 28 de octubre de 2026.
El auto, con el magistrado Antonio Narváez como ponente, se enmarca en el procedimiento cautelar por el que el Supremo ya ordenó en su momento prohibir el voto a quienes hubieran adquirido la nacionalidad mediante esa vía sin acreditar documentalmente su condición de descendientes de exiliados. Transcurrido mes y medio desde aquella resolución, la Sala no ha recibido la lista de afectados, lo que considera indispensable para que la Junta Electoral Central y la Oficina del Censo Electoral puedan aplicar la medida cautelar con rigor.
El tribunal tacha de «incomprensible» la falta de colaboración del Ejecutivo
El auto califica de «incomprensible» que el Gobierno no haya puesto a disposición de la Sala esa relación nominal, especialmente después de que el propio abogado del Estado —que actúa en representación de la Administración General del Estado— hubiera facilitado ya la cifra exacta de personas afectadas. Para los magistrados, el hecho de que se conozca el número preciso demuestra que los datos existen y son accesibles, lo que hace aún menos justificable la demora. La Sala subraya que esa lista es «fundamental para la correcta conformación del Censo Electoral» y para que el proceso responda a los principios de transparencia y objetividad.
El requerimiento se dirige a ambos ministros por medio del abogado del Estado, y el tribunal fija el plazo máximo en la tarde del próximo martes. Si en ese momento la información no ha llegado a la Sala, a la Junta Electoral Central y a la Oficina del Censo Electoral, los magistrados tienen la potestad de imponer la multa coercitiva o de iniciar el proceso que podría derivar en consecuencias penales para los responsables.
La ley de nietos, aprobada bajo el paraguas de la normativa de memoria democrática, permitió a descendientes de exiliados españoles obtener la nacionalidad sin necesidad de renunciar a la suya de origen. Su aplicación ha sido objeto de controversia desde el principio, con críticas que apuntan a la falta de controles documentales suficientes en algunos de los expedientes tramitados en el exterior, muchos de ellos a través de embajadas y consulados dependientes del ministerio que dirige Albares.
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