El equipo jurídico de Carles Puigdemont ha presentado dos denuncias formales contra el Reino de España ante instancias europeas después de que el Tribunal de Cuentas reabriera el procedimiento de responsabilidad contable contra unas treinta personas —entre ellas el propio expresident— por los gastos generados durante el procés. El órgano fiscalizador, en lugar de archivar la causa tras conocer la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre las cuestiones prejudiciales que él mismo había elevado, concedió un plazo de diez días para que las partes aportaran documentación sobre el origen y la procedencia de los fondos destinados al referéndum del 1-O y a la acción exterior de la Generalitat.

Esa decisión es, a juicio del abogado defensor Gonzalo Boye, una contradicción directa con el fallo de Luxemburgo. El TJUE había establecido que no procedía exigir nuevas alegaciones si la amnistía resultaba aplicable. Sobre esa base, Boye registró dos escritos: uno ante el propio TJUE y otro ante la Comisión Europea, invocando el artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que regula los procedimientos de infracción del Derecho comunitario.

Cómo funciona un procedimiento de infracción ante Bruselas

Una denuncia por incumplimiento del Derecho de la UE no desemboca automáticamente en sanción. Corresponde a la propia Comisión Europea decidir si admite a trámite la queja, si abre una investigación formal y, en su caso, qué medidas adopta. El proceso puede ser relativamente ágil cuando existe jurisprudencia previa clara, aunque siempre queda en manos del ejecutivo comunitario la decisión de actuar o no.

Boye sostiene que existen precedentes relevantes. Polonia fue condenada a abonar una multa de un millón de euros diarios por incumplir sentencias del TJUE en el ámbito de la independencia judicial. Hungría ha afrontado escenarios similares. Puigdemont, en un mensaje en la red social X, utilizó precisamente ese argumento para cuestionar la coherencia de la Unión Europea: si Varsovia fue sancionada, preguntó si la Comisión tolerará a Madrid lo que exigió a Polonia. A su juicio, aplicar criterios distintos según el Estado miembro equivaldría a reconocer que las sentencias europeas son de cumplimiento selectivo.

La mecánica jurídica en estos casos es relevante: aunque quien ha actuado es el Tribunal de Cuentas —un órgano español con autonomía institucional—, la denuncia se dirige contra el Reino de España en su conjunto. Así funciona el sistema de responsabilidad en la justicia europea: es el Estado el que responde ante Bruselas o ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo por las actuaciones de cualquiera de sus órganos, incluidos los judiciales.

El Tribunal de Cuentas, también en el punto de mira de la fiscalía

La posición de la defensa de Puigdemont no es la única voz que ha cuestionado la maniobra del Tribunal de Cuentas. La fiscalía también se ha pronunciado en términos críticos sobre la decisión de abrir ese plazo de alegaciones en lugar de archivar directamente las causas, señalando que el fallo del TJUE había dejado claro que no existía afectación a los fondos comunitarios ni a los intereses financieros de la Unión Europea.

La estrategia de la defensa no se limita al caso actual. Según informó el propio equipo jurídico, si el Tribunal Supremo siguiera una vía similar y rechazara aplicar la amnistía a los líderes del procés —en el caso de que el Tribunal Constitucional les concediera amparo—, también se han preparado demandas ante instancias europeas bajo la misma lógica de incumplimiento del Derecho de la Unión.