El Tribunal Supremo ha resuelto aplicar la ley de amnistía a ocho personas vinculadas al proceso independentista catalán que permanecían en situación de pendencia judicial. La decisión llega una semana después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitiese su pronunciamiento sobre la norma, que el alto tribunal español aguardaba de facto antes de dar el paso.

El recorrido procesal de estos casos ha sido tortuoso. El Supremo presentó en julio de 2024 una cuestión de inconstitucionalidad que sirvió, en la práctica, para suspender la tramitación de cuatro de los expedientes afectados. El Tribunal Constitucional rechazó ese planteamiento en octubre de 2025, pero incluso después de ese revés, el alto tribunal esperó al criterio de Luxemburgo antes de ejecutar la amnistía. La sentencia del TJUE, emitida la semana pasada, ha sido el detonante definitivo.

Una resistencia institucional que se prolongó más de un año

La secuencia es elocuente: primero la cuestión de inconstitucionalidad, luego la espera al fallo europeo, y solo entonces la aplicación efectiva de la ley. El Supremo tardó, en conjunto, más de un año desde que el Constitucional le denegó el argumento de la inconstitucionalidad hasta resolver los expedientes. Ese intervalo, en el que los ocho afectados permanecieron en situación jurídica indefinida, plantea preguntas legítimas sobre los límites de la dilación procesal cuando existe una ley en vigor.

La ley de amnistía fue aprobada por las Cortes Generales con el respaldo de los partidos que sostienen al Gobierno de Pedro Sánchez, incluidas las fuerzas independentistas catalanas. Su tramitación fue polémica desde el primer momento, tanto por su contenido como por el contexto en que se negoció. Ahora, con el aval simultáneo del Constitucional y del TJUE, el Supremo ha agotado las vías para postergar su aplicación y ha procedido a archivar los ocho casos que tenía pendientes.