Claves
- El TSJC mantiene sus cuestiones prejudiciales ante el TJUE pese al fallo europeo
- El TJUE ya dictaminó que amnistiar la malversación del 1-O no vulnera el derecho europeo
- La Ley de Amnistía sigue sin aplicarse a Jové y Salvadó en Catalunya
- La norma conserva dudas de constitucionalidad interna al margen del pronunciamiento europeo
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya se aferra a su posición y se resiste a archivar las causas por malversación contra el exsecretario general de Vicepresidència Josep Maria Jové y el extesorer de la Generalitat Salvador Salvadó, pese a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya se ha pronunciado dejando claro que la aplicación de la Ley de Amnistía a los delitos de malversación vinculados al referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 no contradice el ordenamiento jurídico europeo.
La sentencia del alto tribunal europeo despejaba, en principio, el camino para que los tribunales españoles cerraran los procedimientos pendientes al amparo de la ley aprobada en el Congreso. Sin embargo, el TSJC ha optado por mantener sus propias cuestiones prejudiciales en vigor, una decisión que pone de manifiesto la profunda tensión que genera esta norma en el seno de la magistratura española y que prolonga una situación de incertidumbre jurídica de consecuencias imprevisibles.
Una ley concebida a medida de una negociación política
La Ley de Amnistía nació, en su origen, de los acuerdos de investidura que permitieron a Pedro Sánchez renovar su mandato al frente del Gobierno con el apoyo de los partidos independentistas. Ese origen transaccional es precisamente lo que impregna de legitimidad dudosa todo el proceso y lo que hace que tribunales como el TSJC se muestren reacios a aplicarla de forma automática. No es un asunto técnico-jurídico menor: hay magistrados que consideran que la norma no supera el filtro constitucional, más allá de lo que diga Luxemburgo sobre su compatibilidad con el derecho comunitario.
El TJUE se pronunció sobre si la ley vulnera el acervo europeo, pero esa respuesta no cierra el debate sobre su constitucionalidad interna. El Tribunal Constitucional español todavía tiene la última palabra en ese frente, y mientras tanto los jueces con dudas razonadas tienen margen —y, según algunos criterios, obligación— de plantear sus propias cuestiones antes de aplicar una normativa que consideran problemática.
La actitud del TSJC, un pulso con implicaciones de fondo
La resistencia del TSJC no puede calificarse como un simple exceso de celo burocrático. Revela que la Ley de Amnistía, lejos de zanjar el conflicto judicial derivado del procés, ha generado un nuevo frente de litigiosidad que enfrenta a tribunales nacionales, europeos y al propio Constitucional. Los acusados y sus defensas reclaman el sobreseimiento inmediato; la Fiscalía y los magistrados que se resisten argumentan que la aplicación debe ser escrupulosa y garantista.
Jové y Salvadó son dos de los nombres más prominentes en las causas por la financiación ilegal del referéndum. El primero fue el articulado operativo del entonces vicepresidente Oriol Junqueras en la organización del 1-O; el segundo, responsable de los flujos económicos que sufragaron la consulta. Que su situación procesal siga abierta años después del referéndum, y pese a una ley diseñada expresamente para cerrarla, ilustra la fragilidad de los consensos alcanzados a golpe de aritmética parlamentaria.
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