Claves
- El CGPJ ha abierto una diligencia informativa previa a un posible expediente disciplinario
- La queja la ha interpuesto el abogado de Manos Limpias, acusación popular en el caso Begoña Gómez
- Una diligencia informativa no implica sanción, pero puede derivar en expediente formal
- Peinado ya había acumulado críticas por su gestión procesal de la causa
El Consejo General del Poder Judicial ha puesto en marcha una diligencia informativa contra el juez Juan Carlos Peinado, titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, tras recibir una queja formal presentada por el abogado que representa a Manos Limpias en la causa abierta contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno Pedro Sánchez. La apertura de esta diligencia es el paso previo que el CGPJ puede activar antes de decidir si procede incoar un expediente disciplinario formal.
La paradoja del asunto es notable: la queja no proviene de la defensa de la investigada ni de ningún partido de la oposición al instructor, sino precisamente de la acusación popular que impulsó el caso. Manos Limpias, la organización ultraderechista que ejerció la acusación popular contra Gómez, ha presentado a través de su letrado una reclamación ante el órgano de gobierno de los jueces que ahora obliga al CGPJ a iniciar este proceso de verificación interna.
Qué es una diligencia informativa y qué puede suponer para Peinado
Una diligencia informativa no equivale a un expediente disciplinario, pero sí lo puede preceder. A través de ella, el CGPJ recopila información sobre los hechos denunciados para determinar si existe base suficiente para abrir una investigación más formal. Si el órgano aprecia indicios de irregularidad en la conducta del juez, puede escalar el procedimiento; si no los aprecia, archiva la diligencia sin más consecuencias para el magistrado.
El juez Peinado ha sido una figura polémica desde que asumió la instrucción del caso contra Begoña Gómez. Su gestión del proceso ha generado críticas desde distintos sectores jurídicos, y algunas de sus decisiones procesales han sido corregidas o cuestionadas por instancias superiores. Que ahora sea la propia acusación popular —el motor inicial de la causa— quien acuda al CGPJ con una queja añade una capa de complejidad política y procesal difícil de ignorar.
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