La Fiscalía ha decidido mantener su rechazo a la aplicación de la ley de amnistía en el caso de Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, los dos ex altos cargos de la Generalitat procesados por su papel en la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017, a pesar de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha respaldado recientemente la figura jurídica de la amnistía en el contexto del procés.

Tanto Jové como Salvadó consideran que la sentencia del TJUE sobre el delito de malversación responde directamente a la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), y que por tanto el camino para aplicarles la amnistía quedaría despejado. Sin embargo, la Fiscalía no comparte esa lectura y mantiene su posición contraria, lo que deja el asunto en manos del propio TSJC.

La Fiscalía rechaza que el pronunciamiento europeo resuelva la cuestión prejudicial

El nudo procesal radica en si la sentencia del tribunal europeo sobre malversación —delito por el que están acusados ambos ex funcionarios— equivale a una respuesta suficiente a la prejudicial que el TSJC elevó en su momento a Luxemburgo. Jové y Salvadó argumentan que sí, y que el tribunal catalán debería proceder a amnistiarles sin más dilación. El Ministerio Público, en cambio, entiende que no existe esa equivalencia y que la cuestión prejudicial específica del caso no ha quedado resuelta por esa vía.

El choque de interpretaciones sitúa ahora al TSJC en la posición de árbitro: deberá decidir si asume la tesis de la defensa —y aplica la amnistía— o si respalda el criterio de la Fiscalía y mantiene vivo el procedimiento. La resolución de ese dilema marcará el futuro judicial inmediato de dos de los principales implicados en la cúpula organizativa del referéndum del 1-O.