La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha dictado una condena de diez años y once meses de prisión contra un hombre que obligó a una menor de 15 años —hija de unos conocidos suyos— a mantener relaciones sexuales mediante chantaje. El acusado amenazaba con mostrar fotografías íntimas de la joven a sus propios padres si ella se negaba a sus requerimientos.

El tribunal ha apreciado un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años con penetración, por el que impone diez años de prisión. A esa pena se suman diez meses adicionales como responsable de un delito de descubrimiento de secretos, en relación con el uso coercitivo de las imágenes privadas de la víctima. La suma total asciende así a los diez años y once meses de internamiento en prisión.

El chantaje como mecanismo de sometimiento

Los hechos probados reflejan un patrón de sometimiento basado en la vulnerabilidad de la menor y en la posición de confianza que el condenado tenía respecto a su entorno familiar. Al ser alguien del círculo de los padres, la víctima se encontraba en una situación de especial indefensión: denunciar implicaba, en su percepción, exponer las imágenes ante quienes debían protegerla. La Sala ha valorado esa circunstancia al calificar los hechos como un delito continuado, lo que indica que la agresión no fue un hecho aislado sino reiterado en el tiempo.

La tipificación del delito de descubrimiento de secretos refleja además el reconocimiento judicial de que el uso o la amenaza de difundir imágenes íntimas de una persona sin su consentimiento constituye por sí mismo una conducta penalmente relevante, más allá de los abusos físicos a los que sirvió de palanca.