Claves
- El TSJC usa por primera vez la sentencia del TEDH para ordenar más castellano en un aula
- La resolución afecta a un segundo centro escolar del Maresme tras el caso de Canet de Mar
- El fallo europeo de junio, aunque desestimatorio, sirve ahora de argumento judicial interno
- El precedente podría facilitar nuevas reclamaciones de familias en otros centros catalanes
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya ha dictado una resolución que marca un antes y un después en la aplicación del modelo de inmersión lingüística en las escuelas catalanas. Por primera vez, el TSJC ha incorporado entre sus argumentos jurídicos la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo —emitida en junio pasado— para ordenar un incremento del castellano en un centro escolar del Maresme, una comarca que ya protagonizó el caso de referencia en este debate.
El TEDH desestimó en junio la demanda que familias de la escuela Turó del Drac, en Canet de Mar, habían presentado contra la obligación del 25% de castellano en las aulas. La decisión de Estrasburgo no supuso una condena al modelo catalán, pero tampoco lo blindó frente a reclamaciones internas: el TSJC acaba de demostrar que esa resolución europea puede emplearse como respaldo argumentativo adicional para exigir más presencia del castellano en un centro concreto.
Un precedente que abre la puerta a nuevos casos
El alcance de esta sentencia va más allá del centro afectado. Hasta ahora, el TSJC había resuelto casos sobre la lengua vehicular apoyándose principalmente en jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo. Introducir la doctrina del TEDH como argumento propio supone ampliar la base legal desde la que los tribunales pueden ordenar más castellano en las aulas, lo que podría facilitar que familias de otros centros acudan a la vía judicial con mayores probabilidades de obtener amparo.
El Govern de la Generalitat ha defendido sistemáticamente el modelo de inmersión lingüística como seña de identidad del sistema educativo catalán y ha resistido, con distinto éxito, las resoluciones judiciales que ordenaban su modificación en centros concretos. La acumulación de precedentes —ahora con un nuevo respaldo de procedencia europea— añade presión institucional sobre un modelo cuya gestión administrativa ha sido señalada repetidamente por los tribunales.
La nueva resolución afecta a una escuela del Maresme cuya identidad no ha sido detallada en la información disponible, pero el patrón es el mismo que en Canet de Mar: una familia reclama más horas lectivas en castellano y el tribunal le da la razón, esta vez con Estrasburgo como argumento de refuerzo. El dato relevante es que el TSJC no ha esperado a que el TEDH se pronunciara de forma más contundente para integrar esa jurisprudencia europea en su razonamiento; le ha bastado con la desestimación de junio para extraer de ella un argumento de peso.
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